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Tipos de Protectores y Dispositivos de Seguridad en la Maquinaria y Equipo


Los Sistemas de Protección y Dispositivos de Seguridad y la NOM-004-STPS-1999.

La operación y mantenimiento de maquinaria y equipo representa un riesgo a la seguridad del personal puesto que las partes en movimiento, la proyección de objetos, la generación de calor y electricidad estática, la superficies cortantes, el calentamiento de material, así como el manejo y condiciones de herramientas; representan riesgos potenciales que deben de ser analizados y implementar medidas de prevención adecuadas.


Específicamente, para controlar la exposición del trabajador con algún riesgo potencial en la maquinaria y equipo de opera, se deben de contar con protectores y/o dispositivos de seguridad instalados y en funcionales. La NOM-004-STPS-1999 señala, en sus numerales 8.1.1. y 8.2.3, las condiciones que se deben de observar en los protectores y dispositivos de seguridad, respectivamente.


Tipos de Protectores y Dispositivos de Seguridad.

Protectores de Seguridad.

Los protectores de seguridad en la maquinaria y equipo, son elementos que cubren a la maquinaria y equipo para evitar el acceso al punto de operación y evitar un riesgo al trabajador.


Se debe verificar que los protectores cumplan con las siguientes condiciones:

  • proporcionar una protección total al trabajador;

  • permitir los ajustes necesarios en el punto de operación;

  • permitir el movimiento libre del trabajador;

  • impedir el acceso a la zona de riesgo a los trabajadores no autorizados;

  • evitar que interfieran con la operación de la maquinaria y equipo;

  • no ser un factor de riesgo por sí mismos;

  • permitir la visibilidad necesaria para efectuar la operación;

  • señalarse cuando su funcionamiento no sea evidente por sí mismo, de acuerdo a lo establecido en la NOM-026-STPS-1998;de ser posible estar integrados a la maquinaria y equipo;

  • estar fijos y ser resistentes para hacer su función segura;

  • no obstaculizar el desalojo del material de desperdicio.

Dispositivos de Seguridad.

La maquinaria y equipo deben contar con dispositivos de seguridad para que las fallas de energía no generen condiciones de riesgo.


Se debe garantizar que los dispositivos de seguridad cumplan con las siguientes condiciones:

  • ser accesibles al operador;

  • cuando su funcionamiento no sea evidente se debe señalar que existe un dispositivo de seguridad, de acuerdo a lo establecido en la NOM-026-STPS-1998;

  • proporcionar una protección total al trabajador;

  • estar integrados a la maquinaria y equipo;

  • facilitar su mantenimiento, conservación y limpieza general;

  • estar protegidos contra una operación involuntaria;

  • el dispositivo debe prever que una falla en el sistema no evite su propio funcionamiento y que a su vez evite la iniciación del ciclo hasta que la falla sea corregida;

  • cuando el trabajador requiera alimentar o retirar materiales del punto de operación manualmente y esto represente un riesgo, debe usar un dispositivo de mando bimanual, un dispositivo asociado a un protector o un dispositivo sensitivo.

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