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¿Quién es el Responsable SST de una empresa? - Conforme NOM-030-STPS-2009


¿Quién es el responsable de los servicios preventivos de SST de una empresa?

Según la norma NOM-030-STPS-2009, los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo son aquellos servicios prestados por la empresa con el propósito de prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo.


El patrón debe de designar a un Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo (RSST), quién será el encargado de coordinar los servicios preventivos SST de la organización; esto conforme los numerales 4.1 y 4.1.1 de la NOM.


A partir de la definición de los servicios preventivos y el requisito normativo, podemos definir que para el responsable SST podemos tener las siguientes modalidades:

  • Propio Patrón: El patrón funge como responsable de la actividad preventiva de la organización.

  • Personal Interno: Los servicios preventivos son coordinados por un trabajador interno designado por el patrón.

  • Personal Externo: El responsable de los servicios preventivos esta a cargo de un persona externa al centro laboral pero que reporta al patrón (asesores, consultores, gestores).

  • Mixto: Puede darse el caso en el que la actividad preventiva se realice a través de una combinación de un personal interno, designado por el patrón, y un personal externo como asesor y/o consultor.


Comúnmente, en las organizaciones, por lo general la figura de Responsable de SST, quién implementa los servicios preventivos conforme la NOM-030-STPS-2009, recae en un trabajador interno de la organización y por lo general, es el jefe o coordinador del área/departamento de seguridad e higiene de la empresa.


¿Cuáles son sus actividades y funciones?

Al ser responsable de los servicios preventivos y designado por el patrón como Responsable SST, tenemos que realizar las siguientes actividades y funciones:

  1. Elaborar el Diagnóstico SST.

  2. Generar el Programa SST.

  3. Implementar mecanismos de atención riesgos graves o inminentes identificados.

  4. Incorporar al programa SST, las acciones y programas de promoción a la salud y prevención integral de adicciones.

  5. Anexar al programa SST, las acciones para atención de emergencias y contingencias sanitarias.

  6. Establecer procedimientos o guías de seguimiento y registro de cumplimiento del programa SST.

  7. Dar seguimiento anual a los avances del programa SST, reportando los resultados y registrándolos.

  8. Verificar que la instauración de las acciones del programa SST cumplen con su objetivo o en su caso adaptarlas.


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