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Evita sanciones de hasta +$1'000,000.00 MXN con la NOM-030-STPS-2009


¡Evita sanciones administrativas de hasta $1'124,801.00!

Así como lo lees, el incumplimiento de los requisitos solicitados en el Reglamento Federal del Trabajo sobre Servicios Preventivos SST, y consecuentemente, los requisitos de la Norma Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2009; pueden acarrear a las empresas sanciones amdinistrativas que van de los $75,490.00 hasta los $1'124,801.00 (sin considerar la última actualización del salario mínimo / UMA).


La NOM-030, es aplicable a cualquier centro laboral, sin importar su giro o tamaño, es una norma de organziación de los servicios peventivos, que cada año nos pide una serie de requisitos que debemos presentar en caso de una inspección por parte de la STPS.


Ahora bien, directamente no se multa a la organización, sino que entra en un proceso de emplazamiento, en el cual, primeramente se le asigna un periodo para presentar la evidencia de corrección; y en caso de no presentarla o salir con observaciones en la inspección de validación (2da inspección), podría inicar el proceso sancionador.


Pero, ¿por qué esperar a que haya una inspección para poder implementar la norma?

Para llevar una gestión adecuada de los servicios preventivos te compartimos los requisitos esenciales que debes evidenciar.


De manera general, la norma se fundamenta en estos 5 requisitos:


1. Responsable de SST: Se debe contar con una designación formal y documentada de un responsable de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, ya sea interno o externo; y cumpla con las funciones y actividades de la sección 5 de la norma.


2. Diagnóstico SST: Se debe contar con la elaboración y documentación de un diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo, ya sea integral o por áreas de trabajo, que considere: (i) condiciones físicas peligrosas o inseguras presentes en las procesos, instalaciones, puestos y/o áreas de trabajo; (ii) agentes físicos químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales que puedan afectar la salud del personal; (iii) peligros circundantes al centro de trabajo; y (iv) los requisitos normativos aplicables al centro de trabajo.


Nota: para empresas con menos de 100 trabajadores, el diagnóstico SST, sólo considera los requisitos normativos SST aplicables (iv).


3. Programa SST / Relación de Acciones Preventivas y Correctivas SST: Según sea el caso, se debe de generar, implementar y dar seguimiento de avances de un programa de seguridad y salud en el trabajo o una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo. El programa debe considerar: (i) acciones por cada riesgo identificado; (ii) acciones y programas de promoción a la salud y prevención de adicciones; (iii) acciones para atención de emergencias y contingencias sanitarias; (iv) fechas de inicio y termino programadas de instauración de las acciones; y (v) responsable de ejecución de las acciones.


Nota: para empresas con menos de 100 trabajadores, se hace una relación de acciones preventivas y correctivas SST, que considera los puntos (i) al (iv), es decir, sin enunciar al responsable de las acciones.


4. Comunicación y Difusión: Se debe de documentar la comunicación y difusión del contenido del diagnóstico SST y programa SST (en su caso, listado de acciones) a la comisión de seguridad e higiene y a todos los trabajadores.


5. Capacitación: Se debe de programar, implementar, dar seguimiento y documentar la capacitación, sobre funciones y actividades, de todo el personal que forma parte de los servicios preventivos de SST de la empresa; así como temas que ayuden a la correcta operación de los servicios preventivos (no es limitativo).


Pd: Nuestro equipo de profesionales te puede ayudar a justificar la NOM-030 y desarrollar un programa SST adaptado a tus necesidades, ¡sólo contáctanos!

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